Abogado Penalista en Granollers y Barcelona: Tu Defensa Legal

En granollersabogado.es, entendemos la importancia de contar con un abogado penalista especializado. Si te encuentras en Granollers o Barcelona y necesitas defensa legal, nuestro equipo está aquí para asistirte en cualquier situación penal. Conoce más sobre nuestros servicios y cómo podemos ayudarte a enfrentar cualquier proceso judicial con la máxima profesionalidad y experiencia.

¿Qué es un Abogado Penalista?

Un abogado penalista es un profesional del derecho que se especializa en la defensa de personas acusadas de cometer delitos, o bien en víctimas de delitos. Esta especialización implica un profundo conocimiento del Código Penal y el resto de las leyes penales, de los procedimientos judiciales necesarios para asegurar una defensa eficaz. Los delitos pueden variar desde robos y hurtos hasta delitos sexuales, contra los derechos de los trabajadores, societarios, etc.

Cómo algunos autores lo han definido, el Código Penal es la Constitución del delincuente: en ella se establecen las conductas que socialmente tienen una consideración de antisociales y, por lo tanto, son intolerables y merecedoras de castigo penal. No obstante, el sistema penal, para garantizar que no se castigará a personas inocentes o con patologías, reconoce una serie de derechos y principios (presunción de inocencia, igualdad de armas, acusatorio, etc.) que despliegan sus efectos en el ámbito penal.

Servicios de Abogacía Penal en Granollers y Barcelona

Ofrecemos una amplia gama de servicios en derecho penal, adaptados a las necesidades específicas de cada caso. Nuestros servicios incluyen:

  • Defensa en Juicios Rápidos: Representación en casos de alcoholemia o conducción bajo la influencia del alcohol, entre otros, garantizando la pena mínima o la absolución cuando sea viable
  • Procedimientos Abreviados y Sumarios Ordinarios: Asistencia legal en todas las fases del proceso penal, desde la detención hasta la sentencia.
  • Diligencias Previas: Gestión de todas las actuaciones judiciales necesarias antes del juicio.

Asesoramiento en Derecho Penitenciario

Nuestros abogados también ofrecen asesoramiento en derecho penitenciario, asegurando que los derechos de los presos sean respetados durante su estancia en prisión. Los servicios incluyen:

  • Recursos contra decisiones de progresión, regresión o mantenimiento de grado
  • Recursos contra sanciones disciplinarias
  • Gestión de cualquier otro tipo de queja o reclamación frente a decisiones de la Administración Penitenciaria.

Formación y Requisitos de Nuestros Abogados Penalistas

Contamos con abogados altamente calificados, con formación avanzada en derecho penal y procesal penal. El Máster de Especialización en Derecho Penal por el Ilustre Colegio de Barcelona, asegura un conocimiento profundo y actualizado de las leyes penales.

Preguntas frecuentes

Puede hacerse una clasificación de delitos tanto por el bien jurídico afectado (libertad, integridad física, derecho a la intimidad, bienes colectivos, etc.) o según la gravedad (delitos muy graves, graves, menos graves y leves). Todos ellos tienen asociadas penas de distinta extensión y plazos distintos de cancelación.

Primero han de transcurrir los periodos fijados en el Código Penal y debe estar cumplida la pena. Cumplidas ambas circunstancias puede solicitarse la cancelación al Registro Central de Penados.

Se regulan en el artículo 24 de la Constitución. El artículo 24 recoge el derecho a la tutela judicial efectiva, a la defensa y asistencia letrada, a ser informados de la acusación y a un proceso con todas las garantías y sin dilaciones indebidas, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos ni confesarse culpables y a la presunción de inocencia. En lo demás resulta de aplicación la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Depende. En juicios por delito leve no es preceptiva la asistencia de abogado ni procurador. En cambio, en el resto del procedimiento siempre será necesario tener abogado desde el inicio para garantizar el derecho de defensa y, sólo a partir de la fase intermedia, será obligatorio tener además procurador.

Actualmente y tras la reforma del Código Penal en España existe la pena de prisión permanente revisable por lo que no habría límite de cumplimiento. No obstante, y debido a que dicha pena se reserva para hechos de especial gravedad, la norma general es que no pueden cumplirse más del triple de la pena más grave para la que uno haya sido condenado con el límite de 20 años y con las excepciones en casos de pluralidad delictiva del artículo 76 CP.

Las penas se pueden clasificar en privativas de libertad, privativas de derechos, penas de multa y penas accesorias.

Entre las penas privativas de libertad encontramos: la pena de prisión, la prisión permanente revisable, la localización permanente y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa.

Entre las penas privativas de derechos, encontramos: la inhabilitación para ejercicio de empleo, cargo, profesión, oficio, industria o comercio, otras actividades, patria potestad, tutela, guarda  curatela, tenencia de animales, derecho a sufragio pasivo, suspensión de empleo o cargo público, privación del derecho a conducir, del derecho a tenencia y porte de armas, de residir en determinados lugares, de aproximación a la víctima o lugares que frecuente y los trabajos en beneficio de la comunidad.

La pena de multa tiene una duración máxima de 2 años y puede tener una cuota diaria de 2 a 400 euros para personas físicas.

Las penas accesorias son aquellas penas que, o bien el Código Penal prevé que se impongan conjuntamente con otras o bien las acusaciones hayan solicitado su imposición conjunta.

Es aquel que comete un delito por primera vez. Por regla general estas personas no deberán entrar en prisión ya que su pena será suspendida, siempre y cuando la pena solicitada no sea superior a los 2 años de prisión.

Regulada en los arts. 80 y siguientes del Código Penal, hace referencia a cuando, impuesta una determinada pena de prisión, la misma se deja en suspenso imponiendo al penado una serie de obligaciones, siendo la principal que no vuelva a cometer delitos en el periodo por el que suspenda dicha pena.